EL DILEMA DE NADINE

Por: José Alejandro Godoy

No cabe duda que Nadine Heredia es la persona del entorno presidencial que tiene mayor aprobación y mejor imagen. En términos generales, sabe comunicar y ha aprendido a dosificar sus apariciones públicas, luego que tuviera problemas hace apenas un par de meses, en particular, luego de los sucesos de Ranrapata.

El problema es que, de un tiempo a esta parte, las manifestaciones de su poder son cada día más frecuentes. Y no solo nos referimos a las historias que algunos altos funcionarios le cuentan a los periodistas sobre su capacidad de intervención en nombramientos o en las llamadas que hace para que determinado tema pase a ser prioritario en la agenda gubernamental. También pasa por cuestiones más sencillas y cotidianas. Es ella quien aparece mejor en las fotos, a quien se conceden las mejores oportunidades de comunicar los logros del gobierno.  Ollanta Humala es el encargado de la cara adusta, las malas noticias y los mensajes más duros.

Esta semana ha vuelto sobre la mesa un viejo debate, sobre el que la pareja presidencial no ha expresado un no tajante: la posibilidad que la señora Heredia sea candidata presidencial en el año 2016. Como sabemos, la Ley Orgánica de Elecciones prohíbe a los familiares directos del Presidente de la República postular a cualquier cargo. Es decir, no solo Nadine, sino también don Isaac, Ulises (y, en el supuesto negado, Antauro) no podrán postular a cualquier cargo de elección popular mientras Ollanta ocupe el más alto cargo del país.

Esta prohibición tiene una lógica clara: evitar que exista un candidato que parta con ventajas en una contienda electoral. Ya con Fujimori vimos lo que pasa cuando hay un postulante “con todo el apoyo” del aparato estatal, sea en forma directa o indirecta. No solo hablamos de un tema constitucional sino también de un mecanismo de protección frente a posibles actos de corrupción.

Sin embargo, esta semana, tanto el saliente como el flamante presidente del Jurado Nacional de Elecciones, Hugo Sivina y Francisco Távara respectivamente, han dejada abierta la posibilidad que Heredia pueda postular “porque la Constitución no lo prohibe”. Claro, Távara ha recordado la prohibición legal y con ello ha buscado aminorar el impacto de sus declaraciones.

Más allá que resulta ya chocante que los dos titulares de uno de los organismos electorales emitan opinión favorable a la esposa del Presidente de la República, lo cierto es que la señora Heredia tiene 3 caminos legales para abrir el candado de su postulación.

El primero es que el Congreso modifique la Ley Orgánica de Elecciones, cuestión que algunos ven admisible dentro de las teorías de la conspiración que se tejen alrededor de determinados temas (léase, indulto por candidatura). Pero pensamos que en un parlamento donde lo que priman son intereses particulares, difícilmente dejarán que una potencial candidata pueda cerrarles el paso a alguno de los líderes partidarios.

Las otras dos opciones tienen un tema en común: la aplicación del control difuso de la Constitución, es decir, que se de una interpretación particular sobre un caso específico. En un caso podría hacerlo el Tribunal Constitucional vía una demanda de amparo. En el otro, el propio Jurado Nacional de Elecciones si es que el nacionalismo, a fines del 2015, decide inscribir temerariamente a Heredia. Sin embargo, consideramos que la prohibición dada en 1997 debe ser respetada y que es compatible con el texto constitucional, pues tiene una racionalidad detrás.

Pero, además del impedimento legal, hay dos temas que ayer Augusto Álvarez Rodrich hizo notar en su columna. El primero es ético: Humala firmó un compromiso para no quedarse ni un minuto más en Palacio de Gobierno de lo que permite su periodo constitucional. Hacer postular a su esposa sería la muestra patente que quiere sacarle la vuelta a la ley colándose por la ventana.

El segundo es político: el desgaste natural de los gobiernos peruanos hace difícil que se mantenga una posibilidad de votación alta a favor del candidato oficialista en la siguiente elección. Le ha pasado a Perú Posible y al APRA. Y si bien la aprobación de Humala fluctua entre el 40 y 50%, lo cierto es que no necesariamente ello implicaría un endose a su candidato o candidata, amen que, en general, la reelección no ha sido la norma constitucional y ha implicado severos problemas en el sistema político (y en el erario nacional).

Finalmente, cabe recordar el caso reciente de Guatemala. La esposa del anterior presidente, Alvaro Colom, Sandra Torres, buscó ser candidata y se divorció de su marido para ello. El Tribunal Constitucional de ese país interpretó que el divorcio era una forma de sacarle la vuelta a la norma y no amparó su candidatura. La señora Heredia tiene aptitudes políticas que reconocen hasta sus detractores, pero debe ser paciente y, sobre todo, cumplir las reglas electorales.

Por tanto, Nadine debería mirar el espejo de Guatemala para no irse a Guatepeor.

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